La comunidad también puede contratarlo.
Kovva no se vende solo a administradores. Una comunidad puede contratarlo por su cuenta, tenga administrador o se autogestione.

Dos formas de entrar, y las dos valen
La diferencia no es el producto: es quién lo contrata y quién publica.
- Él decide cuándo entra Kovva
- Él publica desde su programa
- Entra con toda su cartera si quiere
- La factura va con sus honorarios
- Ideal si ya trabaja bien
- Lo decidís vosotros en junta
- Publica quien lleve las cuentas hoy
- Entra solo tu finca
- La factura es de la comunidad
- Ideal si os autogestionáis o si él no da el paso
Qué incluye y qué NO
Esta parte conviene leerla entera antes de pedirlo, para que nadie se lleve una sorpresa.
La app para los vecinos, el panel para quien publica y el archivo de la comunidad.
Cargamos lo que ya tenéis: recibos, movimientos, actas y documentos.
Kovva no firma cuentas, no convoca juntas y no responde ante la comunidad. Eso lo sigue haciendo quien lo hace hoy.
No llevamos vuestros libros. Enseñamos los que ya lleva alguien.
Que la comunidad pueda contratar la herramienta no significa que la herramienta administre la comunidad.
Son dos cosas distintas y no las vamos a mezclar en una página de venta.La hoja de cálculo del presidente tiene fecha de caducidad.
En una comunidad autogestionada, las cuentas viven en un ordenador y el archivo en un cajón. Funciona hasta que esa persona lo deja.
- Presupuesto, movimientos y saldo con su justificante.
- Recibos por coeficiente, calculados y no copiados a mano.
- El archivo queda en la comunidad, no en un portátil.
- Cuando cambia el presidente, cambia el acceso. No el archivo.


Kovva entra igual, y él sigue siendo el administrador.
Contratarlo desde la comunidad no es un pulso con vuestro administrador. La mayoría agradece dejar de contestar lo mismo cuarenta veces.
- Le damos acceso para publicar, si quiere usarlo.
- Si prefiere no tocarlo, publica quien vosotros digáis.
- No hay que cambiar su programa de gestión.
Antes de pedirlo
¿Hace falta acuerdo de junta?
Es un gasto de la comunidad, así que sí: lo normal es aprobarlo en junta como cualquier otro contrato. Podemos daros lo que necesitéis para llevarlo al orden del día.
¿Y si nuestro administrador se opone?
Entonces hablamos con él antes que con vosotros. No queremos entrar en una finca peleados con quien la gestiona: eso acaba mal para todos, empezando por vosotros.
¿Podéis llevarnos la administración?
Hoy no. La ley contempla que el cargo lo ocupe una persona jurídica, así que no está descartado, pero antes hay que resolver estructura, responsabilidad y seguros. Cuando exista, lo diremos aquí. Mientras tanto, no.
¿Cuánto cuesta?
Estamos cerrando el precio con las primeras comunidades. Si queréis entrar en esa tanda, pedidlo y lo hablamos.
¿Y si luego queremos dejarlo?
Os lleváis todo. La información de la comunidad es de la comunidad y se exporta entera.
¿Lo lleváis a la próxima junta?
Contadnos qué comunidad es y os damos lo que haga falta para presentarlo. Sin compromiso.